- EGOISMO, UTILITARISMO Y TEORÍA DE LOS DERECHOS Y LA JUSTICIA: El Egoismo sostiene que no podemos ser completamente conscientes de las consecuencias de nuestras acciones, nuestra única guía moral a nuestra disposición es la búsqueda de nuestros deseos e intereses. Según Smith, es aceptable que cada persona persiga sus propios intereses porque ello produce un resultado moralmente deseable para la sociedad a través de lo que llamó la “mano invisible” del mercado.
El Utilitarismo sostiene
que las decisiones morales deben basarse en la cantidad de placer o dolor que
causan sus opciones y que nuestras preferencias deben dirigirse hacia las
alternativas que produzcan mayor cantidad de efectos o beneficios valiosos
(tangibles o intangibles) para todos los involucrados.
La T. De los
derechos y la justicia señala que existen ciertos derechos naturales que poseen
todas las personas cuyo cumplimiento podemos reclamar siempre y que deben ser
protegidos por la sociedad y el Estado. Los derechos de una persona imponen a
los demás límites par no interferir con esos derechos.
Por ejemplo:
Desde el punto de vista del Egoismo, pensando en el interés de la
empresa es éticamente correcto porque se “maquille” el balance y deje de pagar
a la institución encargada de regular los
tributos porque no afecta en nada.
A partir del utilitarismo, que privilegia el bienestar colectivo, el problema
que dejando de cobrar a dicho Club, beneficia a ciertas personas pero si les
cobra a otros clubes o si considera que el cobrar a todos por igual no
justifica los fines.
La ética
de los derechos y justicia no permitiría la falta de pago a un solo Club
sino que cobraría la SUNAT a todos por igual porque es un acto de desigualdad
acorde con los derechos.
- STAKEHOLDERS: Los
constituyentes, o stakeholders, son todos aquellos que pueden considerar
que tienen un interés legítimo relacionado a una organización. En palabras
de Edward Freeman, creador de la teoría de los stakeholders, “Un
constituyente de una organización es cualquier grupo o individuo que puede
afectar , o es afectado, por el logro de los objetivos de la
organización”.
Es decir, un constituyente es
una persona o grupo que puede ser (A) beneficiado o dañado por la corporación,
o (B) cuyos derechos pueden ser violados
o respetados por ella”.
Como ejemplo, tenemos los principales constituyentes:
·
Los
accionistas del Club
·
Los
trabajadores y jugadores del club
·
La
SUNAT
Los principales
dilemas son:
·
El tomar
la decisión de pagar a los jugadores y al personal o dejar de hacerlo.
·
Evaluar
los costos laborales, económicos y sociales por cada decisión que se tome. Esto
incluye los pagos hacia la SUNAT para que la empresa no se vea.
- CIUDADANIA CORPORATIVA: Las
empresas como miembros de una comunidad deben comportarse como “buenos
ciudadanos corporativos”, ajustados a la ética y respeto por las personas
y el medio ambiente. En otras palabras, las empresas no sólo tienen una
función económica, sino una función social y ambiental. Presenta tres casos:
Filantropía corporativa: la filantropía tiene
por base el sentimiento de caridad.
Soluciona problemas inmediatos (corto plazo) sin generar sostenibilidad
de sus acciones. Es fundamentalmente guiada por un sentimiento de solidaridad
humana.
Responsabilidad social: tiene por base la
consciencia de que la empresa es un actor social y que el impacto de sus
actividades tienen correlatos legales, sociales, económicos y ambientales.
Ciudadanía corporativa: se enfoca en los
deberes y derechos de la empresa como actor social, en un marco de un rol
político corporativo. Este marco implica también el análisis dinámico de los
stakeholders, la incorporación del planeamiento estratégico y la implicación de
un enfoque de derechos y desarrollo (sostenibilidad) en las acciones
corporativas.
En este caso, se da el
caso de ciudadanía corporativa con el órgano superintendente: SUNAT. Su función no sólo administrar, recaudar y fiscalizar los
tributos internos del Gobierno sino también como función social proveyendo los bienes y servicios necesarios para
el desarrollo de las labores de control.
- PLURALISMO ÉTICO: Es posible llegar a
consensos en base al diálogo entre puntos de vista diversos. El pluralismo
destierra las cuestiones subjetivas porque se basa en el consenso. El
consenso puede hallarse ante situaciones específicas pero también ante
principios que nos parezcan útiles y aceptables.
Por ejemplo: El pluralismo busca un
consenso. El consenso supone un diálogo. Los jugadores, según el pluralismo,
deberían de ser remunerados a tiempo. La ética pluralista plantea buscar un
consenso para resolver un problema. Posibles soluciones:
- Preguntar
cómo van a manejar el tema “sueldo” a los accionistas para ver si serán
remunerados hasta l último que les deben.
- Que
nunca les lleguen a pagar sino dándole otras opciones de pago y que
lleguen un acuerdo ambas partes.
- Que
no les paguen nada y buscar a nuevos jugadores.
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